Resolución de 10 de abril de 2015, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2015 ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto
El artículo 25 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, dispone que el Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) podrá conceder a los productores independientes ayudas para proyectos de largometraje que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social, sean de carácter documental o experimental, o incorporen nuevos realizadores
Se convocan para el año 2015, mediante régimen de concurrencia competitiva, ayudas para la producción de largometrajes sobre proyecto. Dichas ayudas estarán limitadas a proyectos que se encuentren dentro de una de las siguientes categorías:
- Que posean un especial valor cinematográfico, cultural o social.
- Que sean de carácter documental.
- Que sean de carácter experimental.
- Que incorporen nuevos realizadores. Se entenderá por nuevo/a realizador/a quien, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, no haya dirigido o codirigido más de dos largometrajes calificados para su explotación comercial en salas de exhibición cinematográfica
Podrán solicitar estas ayudas las empresas productoras inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas, que sean de carácter independiente conforme a la definición del artículo 4 n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine
Documentación: Junto con la solicitud se deberá aportar la documentación siguiente, que se refleja en el artículo 40 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre:
- Memoria firmada por la empresa productora, el guionista y el director.
- Contrato en el que se acredite de forma inequívoca la cesión al productor de los derechos sobre el guión, el importe de la contraprestación correspondiente al autor o autores del mismo, así como en su caso la cesión de los derechos de opción sobre la obra preexistente.
- Guión de la película y sinopsis de la misma.
- Presupuesto de la película en modelo oficial, que podrá obtenerse a través de la página Web del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. e) Plan de trabajo con indicación de tiempo de rodaje y localizaciones.
- Ficha técnico-artística.
- Plan de financiación razonado y debidamente documentado mediante la presentación, en su caso, de los contratos suscritos al efecto. En dicho plan deberán figurar también la solicitud u obtención de otras ayudas, subvenciones o aportaciones públicas o privadas destinadas al mismo fin, así como la cuantía de la subvención que solicita para la realización de la película.
- Datos básicos del historial profesional del director y del guionista.
- Declaración responsable de que el proyecto cumple los requisitos previstos en el artículo 5 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, para la obtención de nacionalidad española de la película.
- Declaración responsable de ser productora independiente de acuerdo con la definición del artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre.
- Declaración responsable relativa al compromiso de no comercializar la película en soporte videográfico con anterioridad al transcurso de tres meses desde su estreno comercial en salas de exhibición. Quedarán exonerados de esta obligación, una vez transcurrido el primer mes, cuando las películas hayan contado con menos de 10.000 espectadores en salas de exhibición durante dicho periodo
Tienes la Orden en https://imval.com/ayudas_largometraje.pdf